miércoles, 5 de diciembre de 2012

JORNADA DE TRABAJO

Diurna 8 hrs. con media hora de descanso.
Nocturna 7 hrs. con media hora de desacnso
Mixta 7 1/2 hrs. con media hora de descanso.
Reducida 6 hrs. con 1 hora de descanso.

solo pueden trabajar en estas jornadas los menores de edad de 14  a 16 años con consentimeinto de los padres y los de 16 a 18 años pueden hacerlo sin consentimiento.

Aspectos a considerar:
* prolongacion de la jornada: se va a dar cuando haya siniestros o cuando este en riesgo el trabajador, el patron o la empresa.
*cuando haya alguna vigencia de la empresa que afecta la vida hora normal.
*jornada extraordinaria: se presenta solo cuando el patron lo solicite por tener mayor produccion y le pagan el 200% ademas no puede exeder de 3 hrs. diarias ni 3 veces por semana se pagar el 25% mas si exede de 9 horas a la semana.
*dias de descanso: el trabajador debe laborar 6 dias y tener uno de descanso, el dia domingo es el dia de relacion familiar.
si el patron decide que trabaje el empleado el domingo entre los dos deciden porque dia se cambia el domingo con consentimiento.
* la prima dominical es del 25%

No hay comentarios:

Publicar un comentario